martes, 26 de enero de 2010

ACTIVIDADES DE LA SEMANA 2

CONTABILIDAD






TAINA YERITZA ROLON BARRIENTOS





INSTRUCTOR : JUAN CARLOS ORTIZ















SENA
2009
DIA MIERCOLES 09 DE DICIEMBRE DE 2009


Por que nos dormimos cuando leemos



Noticia económica


3. Avance tecnológico

viernes, diciembre 04, 2009
Ventanas que cambian de color según el tiempo
Método más barato de fabricación de ventanas cuyo cambio de color al variar el tiempo supone un ahorro energético
El treinta por ciento de la energía utilizada por los edificios en los Estados Unidos se emplea para compensar la pérdida o ganancia de calor a través de las ventanas. Esto supone unos 40.000 millones de dólares en costes de electricidad cada año. Las ventanas que cambian de color en respuesta a los cambios climáticos pueden ayudar a ahorrar en costes de electricidad absorbiendo la luz del sol en invierno y reflejándola en verano. Estas ventanas existen desde hace tiempo, pero son caras y su uso no está muy extendido. Ahora los investigadores están desarrollando métodos de impresión baratos para fabricar estos sistemas electrocrómicos y esperan poder hacer películas electrocrómicas que se puedan recortar para ajustarlas a las ventanas existentes.Las ventanas electrocrómicas incluyen unos materiales superpuestos en forma de sándwich que cambian de color cuando se aplica un pequeño campo eléctrico a través de ellos. Estos cambios se activan a partir de las variaciones de luz o temperatura registrados por los sensores. “Con las ventanas electrocrómicas, todo sucede de forma dinámica; no tenemos que pensar en ello”, señala Anne Dillon, científica del National Renewable Energy Laboratory (NREL). “El problema es que son demasiado caras”.
Esta semana, Dillon y el investigador Robert Tenent, del NREL, presentaron nuevo método —potencialmente más barato—para la fabricación de ventanas electrocrómicas en la reunión de la Material Research Society celebrada en Boston.Los sistemas electro crómicos típicos están formados por dos electrodos separados por un electrolito que transporta iones entre ellos. Los materiales de los electrodos —por lo general metales oxidados—cambian de color cuando un Jon como el litio se desplaza hacia dentro o fuera de ellos.
Los sistemas del NREL están basados en electrodos de óxido de níquel y óxido de tungsteno y son los primeros sistemas electrocrómicos que se fabricarán pulverizando precursores baratos para luego calentarlos. El NREL ha probado los sistemas que utilizan un electrolito líquido y, actualmente, está desarrollando sistemas basados en conductores iónicos sólidos. Al aplicar un voltaje al sistema del NREL, los iones de litio salen del óxido de níquel y se introducen en el electrolito; en el otro extremo, los iones de litio se introducen en el óxido de tungsteno. El movimiento de los iones hace que los dos electrodos adquieran color.
Pulverizar las películas no es sólo una alternativa más barata, señala Tenent, también ofrece algunas ventajas de rendimiento. El equipo del NREL observó que la adición de una pequeña cantidad de litio a la disolución colorante de óxido de níquel antes de su impresión hizo que la película cambiase de color mucho más rápido y dentro de una gama más amplia. En 29 segundos, a medida que el litio abandona el electrodo de níquel y se oscurece, el electrodo pasa de transmitir el 80% de la luz incidente a transmitir solo un 30%. La adición de una pequeña cantidad de litio utilizando técnicas de fabricación convencionales sería mucho más difícil, según Tenent.
Hay otras maneras de fabricar ventanas que cambian de color; por ejemplo, utilizando materiales que experimentan un cambio químico en respuesta a la luz. Sin embargo, estos materiales son propensos a la degradación. El grupo del NREL está desarrollando los electrodos de óxidos metálicos con la esperanza de que estos materiales, que son resistentes y no se degradan en respuesta a la luz, tengan unas vidas útiles largas.
De momento, el sistema del NREL se ha probado en sustratos de vidrio. Para hacer un recubrimiento para ventanas verdaderamente asequible, el grupo está trabajando en la fabricación de películas electrocrómicas basadas en plásticos flexibles transparentes. El grupo está negociando con DuPont, fabricante de plásticos, la posibilidad de establecer una colaboración para fabricar las películas electrocrómicas superpuestas en forma de sándwich entre uno de los polímeros termorresistentes de la compañía. El precursor de óxido de níquel hay que calentarlo a unos 300º C para formar el material del electrodo; una temperatura que muchos plásticos no pueden tolerar.




DEFINIONES DE SOCIEDADES


LA SOCIEDAD ANÓNIMA:

Es una de las figuras más utilizadas en la constitución de empresas, y está conformada por un número plural de socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado. La razón social debe estar seguida por la sigla S.A.

SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE:

Se constituye mediante escritura pública entre uno o más socios gestores y uno o más socios comanditarios o capitalistas. Los socios gestores responden solidaria, ilimitada y directamente por las operaciones y los socios capitalistas o comanditarios solo responden por sus respectivos aportes.

SOCIEDAD LIMITADA:

Se constituye mediante escritura pública entre mínimo dos socios y máximo veinticinco, quienes responden con sus respectivos aportes, y en algunos casos según el Código de Comercio artículos 354, 355 y 357, se puede autorizar la responsabilidad ilimitada y solidaria, para alguno de los socios
SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA
La sociedades de economía mixta se caracterizan porque son sociedades formadas por el Estado, prefecturas, municipalidades, corporaciones, empresas públicas u otras entidades dependientes del Estado y el capital privado, para la conformación de empresas que tengan por finalidad el interés colectivo, el fomento o el desarrollo de actividades industriales, comerciales o de servicios.
SOCIEDAD COLECTIVA:

Se constituye mediante escritura pública entre dos o más socios quienes responden solidaria, ilimitada y subsidiariamente por todas las operaciones sociales. Cuando se constituye este tipo de sociedad, se debe definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa, el que deseen sus socios.

EMPRESA UNIPERSONAL:

Es el individuo, una y solo una persona que se constituye como empresario mediante escritura o documento privado ante Cámara de Comercio o ante notario con el debido reconocimiento de firma y contenido del documento.
Basta con el Registro Mercantil para que sea una persona jurídica, quien responderá limitadamente con los activos, cuotas de igual valor nominal, descritos en el documento constitutivo.

SOCIEDAD COOPERATIVA:

Es aquella integrada por personas de la sociedad de clase trabajadora que aportan a la sociedad únicamente su trabajo.

¿QUÉ ES EL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL CAE?

Es un proceso unificado que facilitará la creación de empresa a través de un convenio entre la Cámara de Comercio de Pereira, La Alcaldía Municipal, el Gobierno de Holanda y Confecámaras, mediante el cual podrá gestionar todas sus obligaciones y documentos en un solo paso y en un solo lugar.

















DIA JUEVES 10 DE DICIEMBRE DE 2009




CUAL ES LA QUE MAS ABIERTA LOS PASOS DE SOCIEDADES

POR QUE NO SE PUEDEN VENDER ACCIONES LIMITADA



ESCRITURA PÚBLICA






Escritura pública de poder general

PAIS DE REFERENCIA:
ColombiaESCRITURA PÚBLICA DE PODER GENERAL
………………compareció el señor …………., mayor de edad, vecino de ……….., portador de la cédula de ciudadanía número………….expedida en…….., hábil para obligarse, de cuyo conocimiento personal da fe el suscrito Notario, y dijo: Primero. Que por medio de este público instrumento confiere poder general amplio y suficiente, al señor………….también mayor de edad, vecino de …………, para que lo represente en los siguientes actos relacionados con sus bienes, derechos y obligaciones a saber: a) Para que inicie y lleve a término por sí o mediante sustituto, los correspondientes procesos ordinarios o especiales tendientes a obtener para el otorgante la posesión de los bienes que por cualquier causa hubiere perdido (véanse C.C., arts. 2156 y 2158, y C. de Co., art.1265); b) Para que administre tales bienes y todos aquellos de que se encuentre en posesión del MANDANTE, sus recaudos y productos, y celebre con relación a ellos toda clase de contratos relativos a su administración (véanse C. C., arts. 2156 y 2158, y C. de. Co., art. 1265); c) Para que exija, cobre o perciba cualesquiera cantidades de dinero o de otras especies que se le adeuden, expida los recibos y haga las cancelaciones correspondientes (véase C. C., art. 2166); d) Para que por cuenta de los créditos reconocidos o que se reconozcan en su favor, admita en pago a los deudores bienes y especies distintos de aquellos que están obligados a dar, y para rematar o hacer que se rematen tales bienes (ibídem); e) Para que exija cuentas a quienes tengan obligación de rendirlas al PODERDANTE, pudiendo improbar o aprobar, pagar o recibir, según el caso, el saldo respectivo y otorgar el finiquito correspondiente (véanse C. C., arts. 2471 y 2167); f) Para que cancele los créditos constituidos o que se constituyan en favor del PODERDANTE, sea que consten estos en simples documentos privados, ya en escrituras públicas, por estar garantizados con hipoteca, y para que cancele dichas escrituras y reciba lo que por ellas se adeuda; g) Para adquirir en favor del MANDANTE bienes raíces a cualquier título, y para vender estos y los que ya posee el PODERDANTE; para gravarlos con hipoteca o servidumbre; para permutarlos; para acensuarlos; para constituir usufructo sobre ellos, o derecho de uso o habitación; y para constituirlos, tanto estos bienes como los bienes muebles, en propiedad fiduciaria (véanse C. C., arts. 2168 y 2169); h) Para dar en arrendamiento por escritura pública y privada y con las limitaciones legales, los bienes muebles del mismo MANDANTE (véanse C. C., arts. 2168 y 2170 a 2173; C. de Co., art. 1273); i) Para intervenir privada o judicialmente en todo lo relacionado con las acciones o interés social que el PODERDANTE tenga en sociedades civiles o comerciales; para constituir con otros, nuevas sociedades civiles o comerciales; y para cubrir los aportes que se estipulen con bienes muebles o inmuebles, y para suscribir y pagar las acciones que se emitan; j) Para que transija los pleitos, las deudas o diferencias que ocurran, relativos a los derechos y obligaciones del PODERDANTE, y para comprometer en los mismos (véanse C. C., arts. 2167 y 2471); k) Para aceptar la herencia o legado que se defiera al compareciente (véanse C. C., arts. 1298, 1299, 1302 y 1505); i) Para que tome para el PODERDANTE, o dé cuenta por él, dinero o mutuo y estipule la tasa de interés, ya a plazo fijo, ya en forma de crédito flotante (véanse C. C,, arts. 2171, 2172, 2173, 2225, 2230 y 2232; C. de Co., art. 1273); ll) Para que represente al MANDANTE y promueva acciones en nombre de éste ante cualesquiera corporaciones, funcionarios o empleados del orden judicial o administrativo, en cualesquiera procesos, actuaciones, simples actos o diligencias y gestiones en que el MANDANTE tenga interés como actor, o como demandado o tercero interviniente (véanse decreto 196 de 1971, arts. 24 al 43; C. de P .C., arts. 66, 67 y ss.); m) Para que desista de los procesos (véanse C. de P. C., arts. 70, 73, 342 a 345); n) Para que transija o comprometa en ellos y en todas las gestiones judiciales o reclamaciones extrajuicio en que intervenga a nombre del compareciente; o) Para que invierta, en negocios que beneficien al MANDANTE, dinero y toda clase de bienes de éste, y para que con ellos garantice el cumplimiento de las obligaciones que por el MANDANTE contrae (véanse C. C., arts. 2170 a 2173, y C. de Co., art. 1273); p) Para que pueda delegar o sustituir este poder, total o parcialmente (véanse C. C., arts. 2161 a 2164, y 2176; C. de P. C., art. 68); q) Y finalmente para que reasuma la personería del MANDANTE, siempre que lo estime conveniente el apoderado de manera que en ningún caso quede sin representación el negocio del interés de éste, ya se trate de actos dispositivos o simplemente administrativos (véanse C. C., art. 2176, y C. de P. C., art. 68); r) Los honorarios que percibirá el mandatario por causa y con ocasión del ejercicio de este mandato, siempre que tal ejercicio se ajuste a las estipulaciones consignadas en el presente instrumento, se han pactado así:…………(puede ser sueldo fijo, porcentaje, cuota litis, etc., e inclusive puede ser gratuito ( C. C., arts. 2143, 2183 y 2188; C. de Co., arts. 1279 y 1282). Presente el señor…………, mayor de edad, vecino de…………., portador de la cédula de ciudadanía número…………, expedida en………………, civilmente hábil y de cuyo personal conocimiento da fe el suscrito Notario, dijo: Segundo. Que acepta el poder general que por medio de esta escritura le confiere el señor………, y que hará uso de él cuando sea oportuno. Se pagaron los impuestos fiscales según consta.Firmas:…………………………






OUSOURCHING

Es la contratación de los servicios de una empresa ajena, para la ejecución de algunos procesos que se realizaban dentro de la organización, así como adquirir productos y servicios de proveedores externos en lugar de utilizar los recursos internos.
&En países latinos es todavía poca la confianza que se tiene para este tipo de servicio, en Europa y Asia cada vez es más común y los resultados están a la vista, tienen un mejor posicionamiento en el mercado y una mejor productividad que se supervisa y mide a cada momento.
En México no se ha puesto de moda, es más que eso, se está poniendo como una de las salidas casi emergentes a remediar las áreas donde por alguna causa no se han obtenido los resultados esperados, tanto de áreas de administración, recursos humanos, contabilidad, sus políticas de calidad, su misión y visión; los procesos, las normas que incluyen objetivos, las áreas de mejora continua, la capacitación y formación de profesionales en cada una de las áreas clave de atención a clientes, que incluyen el tele marketing y desde luego, las ventas, en fin, el outsourcing es más de lo que se piensa y más de lo que puede lograr.



C.F. I. COSTO INDIRECTO FABRICACIÓN

Son todos los costos que no están clasificados como mano de obra directa ni como materiales directos. Aunque los gastos de venta, generales y de administración también se consideran frecuentemente como costos indirectos, no forman parte de los costos indirectos de fabricación, ni son costos del producto.
Ejemplos de costos indirectos:
· Mano de obra indirecta y materiales indirectos.
· Calefacción, luz y energía de fábrica.
· Arrendamiento del edificio de fábrica.
· Depreciación del edificio y del equipo de fábrica.
· Impuesto sobre el edificio de fábrica.
Al contabilizar los CIF se presentan dos problemas:
- Una parte importante de los CIF es de naturaleza fija. Como consecuencia, el CIF por unidad aumenta a medida que disminuye la producción, y disminuye cuando ésta se incrementa.
- - A diferencia de los costos de materiales y de mano de obra, el conjunto de los CIF es de naturaleza indirecta y no puede identificarse fácilmente con departamentos o productos específicos.
Es el más complejo de los tres elementos. En general, incluye todos los costos indirectos necesarios para el funcionamiento de una estructura fabril, y que no pueden asignarse directamente a la producción.
Evolución.
Su evolución histórica refleja un pronunciado y continuo avance con respecto a los otros dos elementos, por el elevado componente tecnológico de los procesos que economizan materia prima y sustituyen mano de obra directa.
Para el planeamiento y control, cobra especial importancia su clasificación por áreas de responsabilidad, y una adecuada distinción entre los controlables y los no controlables.Estos costos indirectos de fabricación son los principales responsables de que no se pueda clasificar con precisión el costo exacto por la imposibilidad de su asignación directa al producto.

Naturaleza y clasificación de los CIF.
Se denomina objeto de gasto al artículo u objeto en el cual se ha gastado o se van a gastar fondos. Los CIF pueden subdividirse según el objeto del gasto en tres categorías: materiales indirectos, mano de obra indirecta y costos indirectos generales de fabricación.
Costos generales directos e indirectos de fabricación.
Un costo directo es aquel que puede asignarse específicamente a un segmento del negocio, tal como la planta, departamento o producto. Un costo indirecto no puede identificarse de manera específica con tales segmentos y debe asignarse sobre alguna base elegida para tal propósito.
Comúnmente, la expresión de que un costo es "directo" significa que es directo con respecto al producto.
Generalmente, los costos de materias primas y mano de obra directa son directos con respecto a los departamentos y los productos. Los CIF normalmente son indirectos con respecto a los productos que se están fabricando. Sin embargo, ciertos CIF pueden ser directos con respecto a determinados departamentos (capataz de un determinado departamento, materiales indirectos).
Por conveniencia, ciertos costos de materiales directos y de mano de obra directa que tienen importancia secundaria, se tratan como CIF. En tales circunstancias, técnicamente esta porción de los CIF es directa con respecto al producto.
Todos los CIF son directos con respecto a la planta o fábrica. Sin embargo, algunos de éstos pueden ser indirectos con respecto a los departamentos individuales dentro de la planta (depreciación de la planta, sueldo del gerente).
La relación directa o indirecta entre un costo y un producto es el aspecto más importante para propósitos de costeo de productos. Los costos directos de los productos se asignan directamente a los productos; los costos indirectos de los productos deben asignarse a los productos sobre alguna base.
La mayoría de los costos directos de departamentos son controlables por el supervisor del departamento. Los costos indirectos generales del departamento generalmente no son controlables por el jefe del departamento, porque la persona que los autoriza se encuentra a un nivel administrativo superior.
La distinción entre costos directos e indirectos es especialmente importante para propósitos de costeo de productos siempre que se fabrique más de un producto y para propósitos de control siempre que se utilice más de un departamento en la fabricación de los productos.
Costos indirectos de fabricación de planta y departamento.
Los CIF pueden relacionarse directamente con la planta en su integridad, con los departamentos de servicios, o con los departamentos de producción.
Los costos indirectos de planta incluyen todos los costos relacionados con la fábrica en su integridad, sin distinción de sus departamentos componentes.
La función de estos costos es la de ofrecer y mantener espacio y facilidades para los departamentos de producción y servicios. Por lo tanto, los costos indirectos de planta deben asignarse a estos departamentos.
Los costos de los departamentos de servicio son aquellos costos que pueden atribuirse a la operación de los departamentos de servicio, costos tales como ingeniería industrial, departamento de mantenimiento y departamento de compras. Puesto que la función de los departamentos de servicios es la de prestar servicio a los departamentos de producción, los costos de estos departamentos de servicios deben cargarse a los departamentos de producción sobre alguna base determinada. Después de haber asignado estos costos a los departamentos de servicios para propósitos de costeo de productos, se les describe como "costos asignados a los departamentos de servicio".
Clasificación.
Según su variabilidad.
- Fijos
- Variables
· Mixtos
Según los departamentos.
- Productivos: operan sobre el producto durante todas las etapas de elaboración. Ej. : Departamento de corte, ensamblado y pinturas.
- Servicios: sirven de apoyo logístico a los departamentos de producción. Ejemplo: departamentos de mantenimiento, seguridad, usinas propias.
Según su aplicación.
- Sobreaplicados
- Subaplicados
Según el tiempo.
- Reales (históricos): se determinan una vez transcurrido el ejercicio y sobre la base de los costos incurridos.
- Predeterminados: se calculan antes del ejercicio y en función de los presupuestados.Según el prorrateo.
- Primario
- Secundario
- Terciario
La acumulación de los Costos Indirectos.
Los CI pueden acumularse según el objeto del gasto (materiales indirectos, depreciación de planta) en un solo mayor auxiliar que respalda a una sola cuenta de control para toda la fábrica. Sin embargo, generalmente la organización de la fábrica se divide en departamentos, o centros de costos, sobre una base funcional. En tales circunstancias, es útil mantener una cuenta de control de CI y un mayor auxiliar para cada departamento de producción y servicios dentro de la fábrica.
El tamaño de la empresa, la naturaleza del proceso de fabricación y los niveles de responsabilidad de la gerencia son algunos de los factores que determinan la estructura de las cuentas de costos.
Es muy característico que cada departamento tenga cuentas auxiliares, en las que se clasifican los CI según el objeto del gasto.
La clasificación de los CI por departamento facilita el objeto administrativo de control de la contabilidad de costos.
Las personas a cargo de cada departamento son responsables por muchos de los costos en que directamente se ha incurrido dentro de cada departamento.
Para propósitos de control, los CI imputables a cada departamento se comparan con una cantidad presupuestada estándar.
Las variaciones entre los costos reales y los costos estándar se analizan, y se toman medidas correctivas cuando es posible.
La diferencia aritmética entre la cantidad incurrida y la presupuestada se conoce con el nombre de variación.

















DIA vienes 12 de diciembre de 2009


Cuales son las cuentas de estado de pérdida y ganancia

Primera parte del estado de pérdidas y ganancias:
La primera parte consiste en analizar todas las operaciones relativas a la compra-venta de mercancías hasta determinar la utilidad o perdida de ventas, o sea, la diferencia entre el precio de costo y el de venta de las mercancías vendidas. Para determinar la utilidad o perdida de ventas es necesario conocer los siguientes resultados:
- Ventas netas
- Compras totales o brutas
- Compras netas
- Costo de lo vendido
Formulas para la primera parte del estado de perdidas y ganancias:
Ventas totales
menos Devoluciones sobre ventas
Descuentos sobre ventas
Igual Ventas netas
Compras
mas Gastos de compra
igual Compras totales
menos Devoluciones sobre compras
Descuentos sobre compras
igual Compras netas
mas Inventario inicial
igual Total de mercancias
menos Inventario final
igual Costo de lo vendido
Ventas netas
menos Costo de lo vendido
igual Utilidad en ventas
Segunda parte del estado de perdidas y ganancias:
La segunda parte consiste en analizar detalladamente los gastos de operacion, asi como los gastos y productos que no corresponden a la actividad principal del negocio y determinar el valor neto que debe restarse de la utilidad bruta, para obtener la utilidad o la perdida liquida del ejercicio. Para determinar la utilidad o la perdida liquida del ejercicio es necesario conocer los siguientes resultados:
- Gastos de operacion
- Utilidad de operacion
- El valor neto entre otros gastos y otros productos
Formulas para la segunda parte del estado de perdidas y ganancias:
Utilidad bruta o en ventas
menos Gastos de venta
Gastos de administracion
igual Utilidad o perdida de operacion
Otros gastos
menos Otros productos
igual Utilidad o perdida entre gastos y productos
ISR
mas PTU
igual Utilidad o perdida del ejercicio
ELABORACIÓN DE FORMATO DE FACTURA










ELABORACIÓN DE FOMATO DE ENTRADA INVERSIÓN


Elaboración de formato de salida








Elaboración de formato de planillas



Elaboración de formato de caja

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